Bienvenido a la Hemeroteca Digital de Nayarit   Click to listen highlighted text! Bienvenido a la Hemeroteca Digital de Nayarit Powered By GSpeech

El Nayar 13 de Junio de 1947.-El Gobierno del Estado, atento siempre a escuchar y resolver las demandas justas del pueblo ha dictado enérgicas disposiciones para contener la voracidad de los casatenientes que, aprovechándose de la escasés de habitaciones, ha aumentado hasta cifrasd e escándalo el importe de las rentas mensuales en perjuicio directo de las clases productores y laborantes.

 

Por medio de las columnas de este Diario, constantemente hemos emprendido una enérgica campaña contra esa irregularidad, denunciando casos concretos de inhumanidad por parte de los propietarios y, como es natural, el Gobierno ha decidido poner coto, por conducto del Departamento de Asistencia Social, a la voracidad de los casatenientes.

Con ese motivo, ayer entrevistamos al Lic. Rubén Guzmán y Guzmán, Jefe del Departamento de Asistencia Social interrogándolo acerca de las actividades de esa Dependencia para detener la ola de abusos en contra de los inquilinos, habiéndonos explicado que, de las reformas hechas al Código Penal recientemente por el H. Congreso Local, a iniciativa del Ejecutivo, es indudable que una de las más justas es la que tiende a proteger a los inquilinos de la voracidad de algunos casatenientes creando una figura delictuosa especial que sanciona severamente a todos aquellos dueños de fincas que cobran rentas excesivas.

Al efecto, la Fracción XVI del Artículo 286 del Código Penal reformado estima como fraude "al que diere en arrendamiento finca destinada a habitación o vivienda, mediante renta excesiva o que obtenga dicha renta por cualquier convenio o procedimiento se le aplicará una pena de 3 a 8 años de prisión y multa de $100.00 a $1,000.00".

Por lo consiguiente, el Departamento de Asistencia Social hace una excitativa al pueblo en general y a los inquilinos en particular para que cuando estimen que en su perjuicio se cobren rentas exhorbitantes y que no vayan acordes con las condiciones de comodidad y habitabilidad que reúnan las casas que ocupen, se presenten ante el Departamento con el fin de formularles la denuncia respectiva ante el Agente del Ministerio Público y dirigirlos posteriormente en los juicios criminales que se sigan en contra de los propietarios de casas que infrinjan las Leyes Penales del Estado.

facebook_page_plugin
Click to listen highlighted text! Powered By GSpeech